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TRÁMITES VIGENTES PARA LA ACTIVIDAD DE REMÍS

Se informa desde la Dirección de Inspección General - Área Transporte- que las agencias del 1 al 5 de cada mes deben presentar listado actualizado de licenciatarios afectados al servicio. Asimismo, los licenciatarios y/o chóferes deben concurrir del 1 al 10 de cada mes para realizar la desinfección correspondiente, como también el pago del canon, dando cumplimiento a la ordenanza municipal vigente.

Y se recuerda a los propietarios de licencias que todos los chóferes deben estar asentados en la libreta del  remís.

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